ficheros de morosos y como salir de ficheros de morosos

Todos podemos tener la necesidad de pedir un préstamo en cualquier momento de nuestras vidas.   

Ya sea por estar atravesando un momento económicamente complicado o por puro deseo de comprar algo que no podemos pagar en metálico de una sola vez.

Al mismo tiempo, todos tenemos derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen. 

Estos son derechos que nacen del sentido común, de nuestras leyes y que nos protegen de ser víctimas de cualquier presión externa o chantaje.

Derecho que, lamentablemente, no siempre se respetan. 

Un ejemplo claro, es el caso de la inclusión de nuestros datos personales en las listas de impagados, de insolvencia patrimonial o en los comúnmente llamados “ficheros de morosos”.

Una vez se introducen nuestros datos en estas listas públicas, surgen varios inconvenientes

Ya que cualquier entidad que desee investigar nuestros datos económicos personales, ya sea con el propósito de estudiar nuestra solvencia financiera en caso de un préstamo, contrato de seguro o por cualquier otro motivo, podrá percibirnos de forma negativa y catalogarnos como personas que no pagan.

En especial si nuestros ingresos provienen de trabajos como autónomo y no de empresas o trabajos fijos.

Entidades que gestionan nuestros datos personales en ficheros morosos

Existen varias entidades en España que gestionan todas estas listas, como: ASNEF, EQUIFAX, EXPERIAN, RAI, BADEXCUG.

Siendo ASNEF la más importante.

Estas entidades se encargan de administrar las listas públicas de personas morosas.

Lo cual tiene como objetivo exponer a presión a las personas que son incluidas en esas listas, aprovechándose del miedo al rechazo y de la posibilidad de que puedan bloquear incluso la contratación de una línea de telefonía.

Como una forma de obligar indirectamente a que se realicen los pagos debidos y no se tenga la posibilidad de discutir si se deben o no.

Sin embargo, a pesar de que esta divulgación pública de nuestros datos puede ser legal.

Existen excepciones que atentan contra nuestro derecho al honor, y si se dan esas excepciones podemos reclamar una indemnización.

Requisitos para ser incluido en un fichero de morosos

Veamos qué requisitos deben cumplirse para que nuestra inclusión en estos ficheros morosos sea legítima.

La entidad que comunique tus datos a un fichero de morosos debe cumplir con tres requisitos legales:

  1. La deuda incluida en el fichero de morosos debe ser cierta, líquida, exigible y no discutida. Si no estás conforme con la existencia o la cantidad de la deuda comunicada al fichero, esa comunicación es ilegal.
  2. La entidad que le incluya en el fichero de morosos le debe requerir de manera fehaciente para que pague la deuda reclamada y le debe advertir de la posibilidad de ser incluido en un fichero de morosos ANTES de realizar la inclusión. Si no ha recibido ninguna comunicación escrita y fehaciente reclamándole la deuda y advirtiéndole de la inclusión de sus datos en un fichero de morosos, esa inclusión es ilegal.
  3. No deben haber transcurrido más de seis años desde la fecha en la que tenía que haberse pagado la deuda.

Si cualquiera de estos requisitos no se cumple, entonces estamos en un caso en el que se ha violado nuestro derecho al honor y podemos exigir una indemnización.

Además optar que nos saquen de dichas listas.

Por lo general el primer requisito es el que más se incumple.

Aunque también existen ciertos factores a tener en cuenta, como por ejemplo el monto de la deuda.

Si la deuda es muy pequeña, NO pueden incluirnos en estas famosas “listas negras”.

Reclamación de daños e indemnización por la inclusión incorrecta en ficheros morosos

Si la deuda comunicada no existe o no es correcta, podemos exigir que nuestros datos sean retirados de todas las listas.

Para ello debemos informar a ASNEF, o la entidad en cuestión, que la deuda comunicada no se reconoce y que queremos ser eliminados de dichos ficheros.

Si después de avisarles, tus datos personales siguen apareciendo públicamente en esas listas, entonces puedes reclamar por daños y perjuicios a la compañía que haya incluido tus datos en los ficheros de morosos.

En estos casos los Tribunales está condenando a las compañías a abonar unas indemnizaciones que pueden ir desde los 1.000 euros hasta, en ocasiones, a los 15.000 euros.

Sabemos lo difícil que puede ser lidiar con estos casos que violan tu derecho al honor, por lo que si tú, o cualquiera de tus conocidos, ha sido incluido en estas listas de manera injusta, consúltanos con toda confianza y sin compromiso.

Nosotros estudiaremos tu caso y te informaremos de las posibilidades de éxito, defendiendo tus derechos y reclamando la indemnización adecuada, por los daños causados a tu persona.

En Álvarez-Arias Abogados podemos ayudarte.

Si quieres saber más acerca de nuestros procedimientos y método de trabajo, te recomendamos que visites nuestra página web: alvarezariasabogados.com.

La respuesta es sí. Pero deben cumplirse una serie de requisitos que, generalmente, no se cumplen.

La inclusión en ficheros de morosos es utilizada por las entidades financieras como forma de presión para obtener el pago de una deuda.

Si usted está incluido en ficheros de morosos, otros bancos o entidades pueden denegarle el acceso a préstamos, tarjetas, seguros o contratos con compañías telefónicas.

La entidad que comunique sus datos a un fichero de morosos debe cumplir con tres requisitos legales:

  1. La deuda incluida en el fichero de morosos debe cierta, líquida, exigible y no discutida. Si no estás conforme con la existencia o la cantidad de la deuda comunicada al fichero, esa comunicación es ilegal.
  2. La entidad que le incluya en el fichero de morosos le debe requerir de manera fehaciente para que pague la deuda reclamada y le debe advertir de la posibilidad de ser incluido en un fichero de morosos ANTES de realizar la inclusión. Si no ha recibido ninguna comunicación escrita y fehaciente reclamándole la deuda y advirtiéndole de la inclusión de sus datos en un fichero de morosos, esa inclusión es ilegal.
  3. No deben haber transcurrido más de seis años desde la fecha en la que tenía que haberse pagado la deuda.

Si la inclusión de sus datos en un fichero de morosos se ha realizado incumpliendo los requisitos legales, puede conseguir que sus datos sean eliminados del fichero y una indemnización económica por vulneración de su derecho al honor.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.